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Medidas cautelares (injunctions) en Polonia: asegurar reclamaciones desde el inicio
10.07.2026
Una medida cautelar, que muchos clientes internacionales describen como una injunction, es una orden judicial dictada antes o durante un procedimiento para preservar el valor práctico de una futura sentencia. En Polonia, las medidas cautelares se rigen principalmente por el Código de Procedimiento Civil polaco y pueden utilizarse para asegurar reclamaciones dinerarias y no dinerarias en asuntos civiles y mercantiles [1].
Este material tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico. La disponibilidad, el alcance, el coste y los riesgos de una estrategia de injunction en Polonia dependen de los hechos, los documentos, el tipo de reclamación y la fase procesal.
¿Por qué son importantes las medidas cautelares en procedimientos mercantiles en Polonia?
Los litigios mercantiles pueden prolongarse en el tiempo. Durante ese periodo, los activos pueden ser transferidos, las cuentas bancarias pueden vaciarse, el acceso a documentos clave puede volverse más difícil o el daño reputacional puede agravarse. Las medidas cautelares en procedimientos mercantiles en Polonia están diseñadas para reducir ese riesgo antes de que se dicte la sentencia definitiva.
Para las empresas internacionales, la cuestión práctica no suele ser únicamente si la reclamación está jurídicamente fundamentada. La pregunta clave es si la reclamación seguirá siendo ejecutable cuando la sentencia sea firme. Una solicitud bien preparada puede ayudar a asegurar una reclamación ante los tribunales polacos en una fase temprana y proteger la continuidad del negocio.
Base legal de las medidas judiciales urgentes en Polonia
Conforme al artículo 730 § 1 del Código de Procedimiento Civil polaco, puede concederse aseguramiento en cualquier asunto civil examinado por un tribunal ordinario o arbitral, salvo que una ley disponga lo contrario [1]. Según el artículo 730 § 2, el aseguramiento puede solicitarse antes de iniciar el procedimiento o durante su tramitación. Una vez obtenido un título ejecutivo, el aseguramiento solo está disponible si tiene por objeto asegurar una reclamación que aún no sea exigible.
Las dos condiciones esenciales se establecen en el artículo 7301 § 1 del Código de Procedimiento Civil polaco: el solicitante debe hacer plausible la reclamación y demostrar un interés jurídico en obtener el aseguramiento [1]. Hacer plausible una reclamación no equivale a probarla plenamente. El tribunal debe recibir pruebas suficientes para considerar que la reclamación es creíble en esta fase preliminar.
Existe interés jurídico cuando la falta de aseguramiento impediría o dificultaría gravemente la ejecución de una futura sentencia, o impediría o dificultaría gravemente la consecución de la finalidad del procedimiento, tal como establece el artículo 7301 § 2 [1]. En disputas empresariales, esto puede incluir pruebas de disipación de activos, riesgo de insolvencia, reestructuración societaria acelerada, venta prevista de bienes inmuebles o conductas que indiquen intención de eludir el pago.
Pruebas para solicitar una injunction o medida cautelar en Polonia
Las pruebas para solicitar una injunction o medida cautelar en Polonia deben ser específicas, actuales y estar vinculadas al riesgo alegado. La mera desconfianza comercial general suele ser insuficiente. Los tribunales esperan hechos, no suposiciones.
Entre los materiales útiles pueden incluirse:
- contratos, facturas, confirmaciones de entrega, correspondencia y reconocimientos de deuda;
- estados financieros, inscripciones registrales, anuncios de insolvencia o registros de ejecución;
- historial de pagos bancarios que muestre retrasos, incumplimientos o pagos selectivos;
- documentos que evidencien la transferencia de activos a entidades vinculadas;
- capturas de pantalla, publicaciones o registros de plataformas en asuntos de reputación y competencia desleal;
- declaraciones de testigos o documentación interna, cuando sea pertinente y lícito.
En casos urgentes, la solicitud debe explicar por qué esperar a una sentencia ordinaria generaría un riesgo concreto para la ejecución o para el negocio. Los hechos deben separarse de los argumentos jurídicos. Las opiniones, sospechas y preocupaciones empresariales deben identificarse claramente como tales y, cuando sea posible, respaldarse con circunstancias objetivas.
Embargos preventivos en Polonia y otras formas de aseguramiento
Para reclamaciones dinerarias, el artículo 747 del Código de Procedimiento Civil polaco enumera los métodos típicos de aseguramiento [1]. Estos incluyen el embargo de bienes muebles, remuneraciones por trabajo, cuentas bancarias, créditos y otros derechos patrimoniales. El tribunal también puede constituir una hipoteca forzosa sobre bienes inmuebles, prohibir la disposición o gravamen de determinados bienes o derechos, o establecer una administración judicial sobre una empresa, una explotación agrícola o un establecimiento que forme parte de una empresa o explotación agrícola.
Los embargos preventivos en Polonia no son, por tanto, idénticos a las freezing injunctions del common law, aunque pueden alcanzarse resultados prácticos similares mediante las herramientas procesales polacas. En asuntos civiles y mercantiles transfronterizos que involucren cuentas bancarias en Estados miembros de la UE, excepto Dinamarca, también puede ser relevante la Orden Europea de Retención de Cuentas prevista en el Reglamento (UE) n.º 655/2014, sujeta a sus condiciones y exclusiones específicas [2].
Para reclamaciones no dinerarias, el artículo 755 del Código de Procedimiento Civil polaco otorga al tribunal una mayor flexibilidad [1]. El tribunal puede regular los derechos y obligaciones de las partes durante el procedimiento, prohibir determinadas actuaciones, ordenar una conducta específica o suspender la ejecución. Esto puede ser relevante en conflictos entre socios, asuntos de competencia desleal, casos de difamación, disputas relacionadas con propiedad intelectual y controversias sobre el acceso a documentos societarios.
La regla de no satisfacción de la reclamación y algunas excepciones
El artículo 731 del Código de Procedimiento Civil polaco establece una garantía importante: el aseguramiento no debe tener por finalidad satisfacer la reclamación, salvo que una ley disponga lo contrario [1]. Esta regla es relevante porque las medidas cautelares se conceden antes de la resolución definitiva. El tribunal debe proteger las perspectivas de ejecución sin resolver en la práctica todo el litigio.
Existen ámbitos legales en los que el aseguramiento puede tener un efecto más cercano al cumplimiento de la prestación. Algunos ejemplos son:
- reclamaciones de alimentos;
- reclamaciones de renta vitalicia y determinadas cantidades relacionadas en casos de lesiones corporales, trastornos de salud o pérdida del sustentador familiar;
- reclamaciones de remuneración de empleados.
Estas excepciones no son herramientas cautelares mercantiles típicas, pero muestran que el Derecho polaco permite una protección provisional más amplia cuando el interés protegido lo justifica. La base legal depende de la reclamación concreta, incluidos los artículos 753 y 7531 del Código de Procedimiento Civil polaco [1].
Procedimiento, plazos y ejecución
Una solicitud de medidas cautelares debe cumplir los requisitos de un escrito procesal e indicar el método de aseguramiento solicitado. El artículo 736 del Código de Procedimiento Civil polaco establece elementos específicos, incluido el método de aseguramiento solicitado y las circunstancias que hacen plausible la solicitud [1]. Si la solicitud se presenta antes de iniciar el procedimiento principal, también debe describir brevemente el objeto del asunto. En el caso de reclamaciones dinerarias, por regla general debe especificarse el importe asegurado.
Conforme al artículo 737, el tribunal debe examinar la solicitud de aseguramiento sin demora, por lo general en un plazo no superior a una semana desde su recepción, salvo que se apliquen disposiciones especiales [1]. En la práctica, los plazos dependen del tribunal, de la integridad de la solicitud, de la urgencia y de la necesidad de revisar documentos.
Si el aseguramiento se concede antes de que comience el procedimiento principal, el tribunal fija un plazo para presentar el escrito que inicia dicho procedimiento. Según el artículo 733, ese plazo no puede exceder de dos semanas [1]. No cumplirlo puede provocar la caducidad de la medida cautelar.
La ejecución de la orden de aseguramiento depende de su tipo. Algunas medidas requieren la intervención de un agente judicial de ejecución. Otras producen efectos mediante inscripciones en registros públicos, notificaciones a bancos u órdenes dirigidas a las partes. El coste de la solicitud y los gastos de ejecución dependen de la situación fáctica y procesal, incluida la Ley de Costas Judiciales en Asuntos Civiles [3].
Riesgos para solicitantes y demandados
Las medidas cautelares pueden ser herramientas muy eficaces. También pueden ser impugnadas. El demandado puede presentar un recurso contra la orden, cuando proceda, o solicitar su modificación o revocación si cambian las circunstancias, incluso con base en el artículo 742 del Código de Procedimiento Civil polaco [1].
El solicitante también debe valorar el riesgo de responsabilidad. Conforme al artículo 746, si el solicitante no presenta la demanda principal a tiempo, la retira, pierde el caso o el procedimiento se archiva en circunstancias relevantes, la parte afectada por el aseguramiento puede reclamar una indemnización por los daños causados por la ejecución de la medida [1]. Esto es especialmente importante cuando el bloqueo de una cuenta bancaria puede interrumpir operaciones, afectar al pago de nóminas o generar consecuencias reputacionales.
Para las empresas internacionales, la evaluación estratégica debe abarcar la ejecutabilidad, la proporcionalidad, las pruebas, los plazos y la exposición reputacional. Una solicitud agresiva pero mal fundamentada puede fracasar y reforzar la posición procesal de la contraparte. Una solicitud precisa, respaldada por documentos y con medidas proporcionales, suele ser más eficaz.
Para asuntos críticos en operaciones o disputas sensibles que requieran un análisis de injunction o medidas cautelares en Polonia, las empresas internacionales pueden contactarnos a través de Lawyersinpoland.com by Kopeć & Zaborowski.
Preguntas frecuentes: medidas cautelares (injunctions) en Polonia
1. ¿Qué es una injunction en Polonia?
En el procedimiento civil polaco, una injunction suele denominarse medida cautelar o aseguramiento de una reclamación. Es una orden judicial destinada a preservar las perspectivas de ejecución o a proteger la finalidad del procedimiento antes de que se dicte una sentencia definitiva.
2. ¿Qué debe demostrarse para asegurar una reclamación ante los tribunales polacos?
El solicitante debe hacer plausible la reclamación y demostrar un interés jurídico en el aseguramiento. El interés jurídico suele significar que la falta de aseguramiento impediría o dificultaría gravemente la ejecución de una futura sentencia o la finalidad del procedimiento.
3. ¿Existen embargos preventivos en Polonia sobre cuentas bancarias?
Sí. Para reclamaciones dinerarias, los tribunales polacos pueden asegurar reclamaciones mediante el embargo de cuentas bancarias conforme al artículo 747 del Código de Procedimiento Civil polaco. En determinados casos transfronterizos dentro de la UE, también puede ser relevante la Orden Europea de Retención de Cuentas.
4. ¿Pueden obtenerse medidas cautelares antes de presentar la demanda?
Sí. El aseguramiento puede solicitarse antes de iniciar el procedimiento. Si se concede, el tribunal fija un plazo para presentar el escrito que inicia el procedimiento principal, que no puede exceder de dos semanas conforme al artículo 733 del Código de Procedimiento Civil polaco.
5. ¿Con qué rapidez se resuelven las solicitudes de medidas judiciales urgentes en Polonia?
El Código de Procedimiento Civil establece que las solicitudes deben examinarse sin demora, por lo general en un plazo no superior a una semana, salvo que se apliquen normas especiales. El plazo real depende del tribunal y de la calidad de la solicitud.
6. ¿Puede el demandado impugnar una medida cautelar?
Sí. El demandado puede impugnar la orden y solicitar su modificación o revocación si las circunstancias jurídicas o fácticas lo justifican. Los recursos disponibles dependen del tipo de orden y de la fase procesal.
Bibliografía
- [1] Ley de 17 de noviembre de 1964 – Código de Procedimiento Civil, en particular los artículos 730, 7301, 731, 733, 736, 737, 742, 746, 747, 753, 7531 y 755.
- [2] Reglamento (UE) n.º 655/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por el que se establece el procedimiento relativo a la Orden Europea de Retención de Cuentas.
- [3] Ley de 28 de julio de 2005 sobre Costas Judiciales en Asuntos Civiles.
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Socio, abogado, director del Departamento de Litigios Mercantiles y Regulatorios
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