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Reclamaciones contractuales transfronterizas contra una empresa polaca: indemnización por daños y recuperación de cargos indebidos

09.03.2026

Reclamaciones contractuales transfronterizas contra una empresa polaca: indemnización por daños y recuperación de cargos indebidos

Una reclamación contractual transfronteriza contra una empresa polaca es una acción de naturaleza civil interpuesta por una contraparte extranjera (o por una parte polaca en el extranjero) que busca una compensación económica por el incumplimiento o el cumplimiento defectuoso de un contrato, o la devolución de cantidades cobradas sin base jurídica válida. En la práctica, las dos vías monetarias más habituales son: (1) la indemnización por incumplimiento contractual y (2) la restitución por pago indebido (a menudo descrita como “cargos indebidos” cuando la facturación supera la base contractual o legal).

Escenarios empresariales habituales y por qué es clave la correcta calificación jurídica

Para las empresas internacionales, la calificación jurídica de la reclamación determina las pruebas necesarias, los plazos de prescripción y los importes recuperables. Entre las situaciones más frecuentes se encuentran:

  • Falta de entrega, retraso en la entrega o suministro de bienes/servicios defectuosos por parte de una entidad polaca.
  • Aumentos unilaterales de precio, tarifas adicionales de “gestión” o facturación más allá de los hitos contractuales acordados.
  • Conflictos derivados de la resolución contractual (por ejemplo, alegaciones de resolución injustificada y reclamaciones por lucro cesante).
  • Pago duplicado, pago a una cuenta incorrecta o pago en virtud de una cláusula inválida.

Ley aplicable y jurisdicción en litigios transfronterizos con una empresa polaca

Tres niveles suelen determinar la estrategia: (i) la ley aplicable, (ii) el foro o la jurisdicción y (iii) la ejecución.

Ley aplicable: cláusulas contractuales y Reglamento Roma I

Cuando las partes han elegido la ley aplicable, dicha elección se respeta generalmente conforme al Reglamento (CE) n.º 593/2008 (Roma I) [1]. Si no existe elección, el Reglamento Roma I establece criterios de conexión por defecto (a menudo la residencia habitual de la parte que realiza la prestación característica, con ciertas excepciones) [1].

Jurisdicción: tribunales, arbitraje y Reglamento Bruselas I refundido

En la mayoría de los asuntos civiles y mercantiles que involucren a partes de la UE (y, en muchas situaciones, a Estados de la AELC que participan en el sistema de Lugano), la competencia judicial se determina conforme al Reglamento (UE) n.º 1215/2012 (Bruselas I refundido) [2], incluida la competencia especial en materia contractual (lugar de cumplimiento). Si existe una cláusula arbitral, el litigio puede tener que resolverse mediante arbitraje en lugar de ante tribunales estatales, con ejecución conforme al Convenio de Nueva York [3].

Nota práctica: tres “excepciones” recurrentes que cambian la estrategia

Las reclamaciones contractuales transfronterizas pueden parecer sencillas hasta que concurre alguno de los siguientes supuestos. Son frecuentes en litigios contra empresas polacas y deben analizarse desde el inicio, ya que pueden alterar significativamente los plazos y la posición procesal:

  1. Una cláusula de jurisdicción exclusiva o una cláusula arbitral puede exigir que la reclamación se presente en un foro específico, independientemente del lugar de registro de la empresa polaca.
  2. La insolvencia de la empresa polaca puede trasladar el asunto al procedimiento concursal, donde las acciones individuales pueden suspenderse y la recuperación dependerá de la comunicación del crédito en el marco del concurso.
  3. Las normas de protección de consumidores o trabajadores (cuando sean aplicables) pueden prevalecer sobre las reglas generales de jurisdicción o elección de ley e imponer regímenes protectores obligatorios.

Indemnización por incumplimiento contractual según el Derecho polaco: alcance y prueba

Si se aplica el Derecho polaco (o si los tribunales polacos aplican el Derecho polaco), la base de la indemnización contractual se encuentra en el Código Civil polaco (Kodeks cywilny) [4]. Como regla general, la parte perjudicada puede reclamar la reparación de los daños que sean consecuencia normal del incumplimiento (causalidad adecuada), lo que normalmente incluye el daño emergente (damnum emergens) y el lucro cesante (lucrum cessans), siempre que se prueben adecuadamente [4].

Qué debe acreditarse

  • La existencia de un contrato válido y de la obligación incumplida (incluidas especificaciones, criterios de aceptación, acuerdos de nivel de servicio —SLA—, Incoterms u órdenes de cambio si forman parte del contrato).
  • El incumplimiento o el cumplimiento defectuoso por parte de la empresa polaca.
  • La cuantificación del daño conforme a criterios empresariales razonables (coste de sustitución, retrabajo, costes por retraso del proyecto, impacto en el margen), respaldada por documentación.
  • El nexo causal entre el incumplimiento y el daño (teniendo en cuenta el deber de mitigación y posibles causas intervinientes).

Limitaciones contractuales y cláusulas penales

Muchos contratos internacionales incluyen límites de responsabilidad, exclusiones (por ejemplo, daños indirectos) y cláusulas penales. Conforme al Derecho polaco, la cláusula penal (kara umowna) es generalmente válida y puede ser reducida por el tribunal si resulta manifiestamente excesiva (miarkowanie) o si la obligación ha sido cumplida en parte sustancial [4]. El resultado concreto dependerá de la redacción de la cláusula y de las circunstancias del caso, incluida la proporcionalidad respecto del incumplimiento y el grado de ejecución del deudor.

Recuperación de cargos indebidos: restitución (pago indebido) y enriquecimiento injusto

Cuando una empresa polaca ha percibido dinero sin base jurídica válida, la vía habitual conforme al Derecho polaco es una acción de restitución basada en el enriquecimiento injusto y el pago indebido (świadczenie nienależne) conforme al Código Civil [4]. Esto puede aplicarse cuando:

  • Se realizó un pago sin que existiera obligación (por ejemplo, facturación fuera del alcance contractual).
  • La obligación subyacente era inválida o dejó de existir (por ejemplo, nulidad contractual o efectos de la resolución sobre determinadas tarifas).
  • El pago excedió el precio acordado (por ejemplo, indexación incorrecta, base de IVA duplicada o recargos no autorizados).

Ventajas y limitaciones clave desde la perspectiva empresarial

Las acciones de restitución pueden ser procesalmente eficientes porque el enfoque principal es la ausencia de base jurídica, y no el modelo completo de daños. Sin embargo, la empresa polaca puede oponer defensas, incluyendo que el pagador sabía que el pago no era debido, siempre que no se haya efectuado con reserva de devolución y no concurra ninguna excepción legal, o que la restitución esté limitada por circunstancias específicas previstas en el Código Civil [4]. La viabilidad depende de los hechos y de la documentación (el control de versiones contractuales y el historial de facturación son fundamentales).

Actuaciones previas a la demanda: pruebas, requerimientos y estrategia de negociación

Antes de interponer una reclamación contractual transfronteriza contra una empresa polaca, el equipo jurídico suele asegurar el conjunto probatorio y alinearlo con la base jurídica (indemnización o restitución). Se recomienda:

  • Conservar las comunicaciones escritas, órdenes de compra, protocolos de aceptación y confirmaciones de pago.
  • Preparar un cuadro de reclamación: identificación factura por factura del componente de “cargo indebido” o desglose detallado de los daños.
  • Enviar un requerimiento formal identificando la base jurídica, el importe reclamado y el plazo; en muchos entornos comerciales esto refuerza la posición en materia de costas y negociación.
  • Evaluar medidas cautelares (por ejemplo, aseguramiento del crédito) cuando exista riesgo de ocultación o disipación de activos, sujeto a los requisitos procesales aplicables.

Plazos de prescripción y riesgo temporal

Los plazos de prescripción dependen del tipo de acción y de la relación jurídica. En el Derecho polaco, las normas de prescripción se regulan en el Código Civil [4], con matices adicionales para relaciones comerciales y prestaciones periódicas. En asuntos transfronterizos, las normas de conflicto pueden remitir a otro régimen de prescripción, por lo que el análisis de la ley aplicable conforme al Reglamento Roma I no es opcional [1]. También debe considerarse el tiempo necesario para la notificación en el extranjero (si procede) y la obtención de pruebas en múltiples jurisdicciones.

Ejecución: cómo convertir una sentencia o laudo en dinero efectivo

Un resultado favorable debe poder ejecutarse en el lugar donde se encuentren los activos del deudor. En el caso de sentencias de la UE, el Reglamento Bruselas I refundido simplifica el reconocimiento y la ejecución dentro de la Unión Europea [2]. En el caso de laudos arbitrales, la ejecución suele realizarse conforme al Convenio de Nueva York [3]. Si los activos se encuentran en Polonia, la ejecución se regirá por el Código de Procedimiento Civil polaco y las normas de ejecución, incluida la intervención de los agentes judiciales de ejecución (komornik) [5].

Aviso informativo

Este contenido tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico. La base jurídica correcta, el foro competente, el plazo de prescripción y la estrategia de recuperación dependen de la redacción contractual, la ley aplicable, las pruebas disponibles y la situación patrimonial y de solvencia del deudor.

Para una evaluación estructurada de las opciones de indemnización o restitución en un contexto de reclamaciones contractuales transfronterizas contra una empresa polaca, el siguiente paso prudente es contactarnos en Lawyersinpoland.com by Kopeć & Zaborowski.

Preguntas frecuentes (FAQ): Reclamaciones contractuales transfronterizas contra una empresa polaca

1) ¿Debe plantearse la reclamación como indemnización por daños o como recuperación de cargos indebidos?

Depende de si el problema principal es un incumplimiento que ha causado daños (indemnización) o un pago sin base jurídica (pago indebido/enriquecimiento injusto). En muchos litigios, ambas pretensiones se formulan de manera subsidiaria, según la ley aplicable y los hechos.

2) ¿Puede una empresa extranjera demandar a una empresa polaca en Polonia aunque el contrato esté en inglés?

Sí. El idioma del contrato no determina la jurisdicción. Esta viene determinada por el acuerdo (cláusula de jurisdicción o arbitraje) y, en casos de la UE, por las normas del Reglamento Bruselas I refundido sobre domicilio y lugar de cumplimiento [2].

3) ¿Son ejecutables las cláusulas penales frente a una empresa polaca?

En muchos casos sí, si están correctamente redactadas y vinculadas a obligaciones no dinerarias. Conforme al Código Civil polaco, los tribunales pueden reducir una penalidad manifiestamente excesiva o cuando la obligación ha sido cumplida en parte sustancial, dependiendo del grado de ejecución y la proporcionalidad [4].

4) ¿Qué documentos son más importantes para recuperar cargos indebidos?

El contrato firmado (y sus modificaciones), las listas de precios, órdenes de cambio, protocolos de aceptación, facturas y confirmaciones bancarias. El control de versiones y la prueba de lo acordado en el momento de la facturación suelen ser decisivos.

5) ¿La insolvencia de la empresa polaca impide la recuperación?

Puede modificar significativamente la vía de recuperación. Las reclamaciones pueden tener que comunicarse en el procedimiento concursal y la recuperación dependerá del orden de prelación, la masa activa y los plazos procesales conforme a la normativa concursal polaca [6].

6) ¿Puede ejecutarse en Polonia una sentencia obtenida en el extranjero?

En muchos casos sí. Las sentencias de la UE se benefician del régimen de ejecución del Reglamento Bruselas I refundido [2]. Las sentencias de fuera de la UE requieren un análisis conforme a las normas procesales polacas y los tratados aplicables, y los laudos arbitrales suelen ejecutarse conforme al Convenio de Nueva York [3].

Bibliografía

[1] Reglamento (CE) n.º 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales (Roma I).

[2] Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (Bruselas I refundido).

[3] Convención sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (Nueva York, 1958).

[4] Ley de 23 de abril de 1964 – Código Civil (Polonia) (Kodeks cywilny).

[5] Ley de 17 de noviembre de 1964 – Código de Procedimiento Civil (Polonia) (Kodeks postępowania cywilnego).

[6] Ley de 28 de febrero de 2003 – Ley Concursal (Polonia) (Prawo upadłościowe).

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